viernes, 22 de febrero de 2013

Honduras: Tipifican Femicidio con pena de 30 a 40 años de prisión

CEM-H
Por CEM-H | El Heraldo

Después de una lucha de 12 años por parte de organizaciones feministas, el Congreso Nacional aprobó la reforma al Código Penal mediante la que se tipifica como delito el femicidio, con una pena de 30 a 40 años de prisión.

El femicidio quedó comprendido en la reforma por adición del Artículo 118-A y el Artículo 118-B del Código Penal.

El Centro de Estudios de la Mujer - Honduras, CEMH, Centro de Derechos de Mujeres, Red de Mujeres de la Colonia Ramón Amaya Amador, Red de Mujeres del Manzanal, Red de Mujeres de la Col Cruz Roja, se hicieron presentes el día de hoy (21/2) ante el Congreso Nacional, con el objetivo de presionar y vigilar que la propuesta de tipificación del femicidio, en contexto actual coordinada con la Secretaria de Derechos Humanos y Justicia, respondiera al trabajo realizado desde hace varios años por las organizaciones feministas.

La lucha feminista por la tipificación del femicidio tiene más de 10 años de acumulados en pensamiento y propuesta frente a la construcción de un tipo penal que castigue a los hombres que asesinan a mujeres por el hecho de ser mujeres. Hoy 21 de febrero del 2013, el Congreso Nacional reforma por adición al Código Penal, en el Título I, Los Delitos contra la vida y la Integridad Corporal, en el Capitulo I se incorpora la figura del tipo penal de Femicidio, para sancionar a quien diere muerte de manera intencional a una mujer por su condición de ser mujer. Se reformaron los artículos 27 y 321 del Código Penal.

La reforma considera como circunstancias agravantes y literalmente dice:, “Cometer el delito con odio o desprecio en razón del sexo, género, religión, origen nacional, pertenencia a pueblos indígenas y afrodescendientes, orientación sexual o identidad de género, edad, estado civil o discapacidad, ideología u opinión política de la víctima”. Se adiciona los artículos 118-A y Artículo 321-A, al Decreto No.144-83, contentivo del Código Penal, los cuales se leerán de la manera siguiente: “ARTÍCULO 118-A: Incurre en el delito de femicidio, el o los hombres que den muerte a una mujer por razones de género, con odio y desprecio por su condición de mujer y se castigará con una pena de treinta (30) a cuarenta (40) años de reclusión…”

El proyecto de ley para la tipificación del femicidio sancionado en el Congreso Nacional, no LOGRO recoger la propuesta íntegra del movimiento Feminista, quedando por fuera de la tipificación una gama de circunstancia agravantes del femicidio uno de los que no fueron incluidos dentro de la tipificacion del femicidio "los casos donde el autor del delito haya sometido a la víctima a actos de explotación sexual, comercial o trata de personas, y donde el autor cometiera el delito prevaleciéndose de su entrenamiento, actividad o experticie propia de su profesión u oficio"

Reconocemos que la aprobación de la reforma al articulo 118-A es un avance importante en materia de derechos humanos para las mujeres, que el femicidio este categorizado como delito en el marco legal Hondureño, significa que el Estado de Honduras reconoce las relaciones desiguales de poder históricas, políticas, económicas y sociales entre los géneros, y sobre todo generador de un problema social, como la violencia contra las mujeres y el Femicidio.

Tipificar el femicidio significa que los entes responsables de garantizar la justicia Hondureña "Ministerio publico, Corte Suprema de Justicia. Direccion Nacional de Investigacion Criminal" están en la obligación de mejorar el sistema de investigación criminal y lograr una justicia expedita y eficaz para las mujeres y sus familiares.

La tipificación del femicidio significa mejorar los sistemas de registro del poder judicial y dar seguimiento al incremento de la violencia contra las mujeres.

La tipificación del femicidio significa revisar y crear legislación necesaria, pertinente y oportuna para el reconocimiento y sanción de otras formas de violencia contra las mujeres,

La tipificación del femicidio significa que el personal de los entes de justicia deben capacitarse y asegurarse de ser garantes del derecho a la vida de las mujeres.

¡Ningun femicidio sin castigo!

¡Las mujeres queremos en el mundo el lugar que nos corresponde!


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