lunes, 8 de febrero de 2010

Colombia: empeora conflicto laboral en Inversiones Palo Algo Gnecco




Doctor DIEGO PALACIO BETANCUR
Ministro de la Protección Social
Bogotá D.C

Asunto: Conflicto laboral Inversiones Palo Algo Gnecco en Pueblo Viejo Magdalena

Atento saludo,

La Junta Directiva Nacional de Sintrainagro, le informa, que la situación de conflicto colectivo presentado en la empresa Inversiones Palo Alto Gnecco Espinosa & Cía. S. en C., del municipio Pueblo Viejo del departamento del Magdalena, se complica gravemente en razón a que el Ministerio de la Protección Social desplazó una comisión presidida por la Dra. Luz Stella Veira, jefe de Unidad de Registro y Control, para que durante los días 28, y 29 de Enero, se desarrollaran reuniones de acercamiento entre los representantes de Sintrainagro y de la empresa Inversiones Palo Alto.

La Dra. Luz Stella Veira, denunció haber recibido amenazas, por ejercer la obligatoriedad institucional de haberse desplazado a la ciudad de Santa Marta, en la búsqueda de un acuerdo conciliado a la negociación. A todo lo anterior, se suma que los representantes de la empresa se niegan a aceptar la presencia sindical y con mayor razón, a iniciar la negociación del pliego de peticiones.


El día 29 de Enero, se logró la intervención del Gobernador encargado del Magdalena, el Alcalde del Municipio de Pueblo Viejo, quienes conjuntamente con Ministerio de la Protección social y Sindicatos, reiteraron la obligatoriedad legal que tiene la empresa, para iniciar la negociación colectiva, pero aún, esta circunstancia, el abogado y administrador de la empresa se negaron nuevamente a iniciar el proceso de negociación.

Sintrainagro ratificó su disposición de diálogo y concertación y propuso como fórmula, la instalación inmediata de la mesa negociadora con la presencia del Ministerio de la protección social como garante para las partes, una vez suscrita el acta de instalación de la mesa se levantará el cese de actividades, se integrarán la totalidad de los trabajadores a su actividad normal y en el curso del diálogo y la negociación, se acordaría la forma de pago de las deudas pendientes por salarios, prestaciones sociales, cumplimiento de pago a la EPS por salud, fondos de cesantías y riesgos profesionales que por varios años no se han cumplido. A esta propuesta, administrador y abogado de la empresa respondieron no tener autoridad delegada para asumir compromiso alguno.

El Alcalde del municipio de Pueblo Viejo, informó al sindicato en reunión precitada, que había aceptado la solicitud de autorizar ingreso de un grupo de nuevos trabajadores a la plantación en coordinación con la Policía Nacional, lo cual significa una flagrante violación al Derecho de Asociación y Negociación Colectiva y una alianza con los empresarios en procura de satisfacer la posición radical y negativa para iniciar la negociación.

La argumentación que más se hace sentir en las reuniones efectuadas, está claramente establecida sobre la base de los antecedentes de violencia y la intimidación armada ilegal, que en la región se ejerce, por lo que consideramos una sugerencia velada de terror, para que el sindicato desista en el derecho legítimo y constitucional de ejercer su actividad en materia de organización y negociación colectiva.

De consolidarse el propósito de la autoridad municipal y los empresarios, de romper el conflicto colectivo con la presencia de nuevos trabajadores y la fuerza pública, advertimos que dada la resistencia unitaria de los trabajadores organizados, podrían presentarse graves hechos de violencia, por lo cual, responsabilizamos directamente a las autoridades gubernamentales y a las fuerzas de seguridad del Estado, por la negligencia y la complacencia con los propósitos empresariales, no obstante que el tema es plenamente conocido por el Vicepresidente de la República, el Ministro del interior y la Dirección Nacional de la Policía, al igual que el Comando Regional de la Policía del Magdalena

Solicitamos del señor Ministro, su intervención urgente, con la finalidad de evitar que se le pretenda dar a un conflicto laboral protegido por la legislación laboral interna y los convenios internacionales de OIT, un tratamiento de orden público para solucionarlo por la vía represiva con la fuerza pública.

JUNTA DIRECTIVA NACIONAL DE SINTRAINAGRO

ADELA TORRES VALOY
Secretaria General

HERNAN CORREA
Vicepresidente



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