El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declara en desacato a la directiva de la Asamblea Nacional (AN) tras la juramentación de los diputados de la llamada Mesa de la Unidad (MUD) electos en Amazonas el 6 de diciembre, sobre quienes pesa una decisión del Poder Judicial que suspende provisionalmente su investidura como parlamentarios.
En sentencia emitida este lunes, la Sala Electoral ordenó la desincoporación de los tres parlamentarios —que no podrán acceder a sus curules debido a una impugnación interpuesta por la excandidata Nicia Maldonado— y declaró nulos absolutamente "los actos de la Asamblea Nacional que se hayan dictado o se dictaren, mientras se mantenga la incorporación" de los ciudadanos Julio Ygarza, Nirma Guarulla y Romel Guzamana.
El pasado 30 de diciembre, el TSJ admitió, mediante la sentencia número 260, la impugnación de los votos en el estado Amazonas y declaró procedente la solicitud de amparo cautelar, por lo que ordenó "de forma provisional e inmediata la suspensión de efectos de los actos de totalización, adjudicación y proclamación emanados de los órganos subordinados del Consejo Nacional Electoral respecto de los candidatos electos por voto uninominal, voto lista y representación indígena" tras los comicios del 6D.
Este lunes, con la nueva decisión de la Sala Electoral, se ratifica el contenido del referido fallo "a los fines de su inmediato cumplimiento" y declara el desacato por parte de los miembros de la Junta Directiva de la AN, diputados Henry Ramos Allup, Enrique Márquez y José Simón Calzadilla.
Asimismo, ordena a la directiva del Parlamento "dejar sin efecto la referida juramentación y proceder a la desincorporación inmediata de Nirma Guarulla, Julio Haron Ygarza y Romel Guzamana, lo cual deberá verificarse y dejar constancia de ello en Sesión Ordinaria".
En sentencia emitida este lunes, la Sala Electoral ordenó la desincoporación de los tres parlamentarios —que no podrán acceder a sus curules debido a una impugnación interpuesta por la excandidata Nicia Maldonado— y declaró nulos absolutamente "los actos de la Asamblea Nacional que se hayan dictado o se dictaren, mientras se mantenga la incorporación" de los ciudadanos Julio Ygarza, Nirma Guarulla y Romel Guzamana.
El pasado 30 de diciembre, el TSJ admitió, mediante la sentencia número 260, la impugnación de los votos en el estado Amazonas y declaró procedente la solicitud de amparo cautelar, por lo que ordenó "de forma provisional e inmediata la suspensión de efectos de los actos de totalización, adjudicación y proclamación emanados de los órganos subordinados del Consejo Nacional Electoral respecto de los candidatos electos por voto uninominal, voto lista y representación indígena" tras los comicios del 6D.
Este lunes, con la nueva decisión de la Sala Electoral, se ratifica el contenido del referido fallo "a los fines de su inmediato cumplimiento" y declara el desacato por parte de los miembros de la Junta Directiva de la AN, diputados Henry Ramos Allup, Enrique Márquez y José Simón Calzadilla.
Asimismo, ordena a la directiva del Parlamento "dejar sin efecto la referida juramentación y proceder a la desincorporación inmediata de Nirma Guarulla, Julio Haron Ygarza y Romel Guzamana, lo cual deberá verificarse y dejar constancia de ello en Sesión Ordinaria".
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