La Ley de Ordenamiento de las
Finanzas Públicas, Control de las Exoneraciones y Medidas Antievasión, que
aumenta el Impuesto Sobre Ventas (ISV) del 12 al 15 por ciento, entre otras
medidas consideradas lesivas por la población hondureña, fue publicada la tarde de ayer en el diario oficial
La Gaceta.
La publicación del paquete fiscal
se hizo bajo el decreto 278-2013 con fecha 30 de diciembre de 2013. La Ley fue
aprobada en el Congreso Nacional la madrugada del 21 de diciembre, con la
aplanadora de diputados nacionalistas y el apoyo de algunos parlamentarios de
otros partidos políticos.
Entre los principales puntos
aprobados en el decreto enviado desde el Poder Ejecutivo destacan el aumento
del Impuesto Sobre Ventas (ISV) del 12 al 15 por ciento en todos los productos
a excepción de la canasta básica, así como la imposición de más tributos al precio
del combustible y factura de telefonía móvil.
Pero esa canasta básica sólo incluye
72 productos que quedan exentos del pago de ISV, entre ellos: tajo de res
fresco, costilla de res, costilla de cerdo, carne de pollo, vísceras de menudos
frescos, pescado blanco, leche natural de vaca, leche pasteurizada, leche entera
en polvo, mantequilla crema, queso blanco, papas, tomates, cebollas, ajos,
coliflor, brócoli, repollo, zanahoria, rábano, remolacha, yuca, camotes,
legumbres, los frijoles rojos y negros, arroz, harina de trigo, harina de maíz,
azúcar de caña morena y blanca y pan dulce.
Se deduce del criterio aplicado
por los parlamentarios para seleccionar los productos de consumo diario exonerados
del ISV, que a la población que
sobrevive con la canasta básica o menos que ella, le bastará con esos productos para que su
hogar funcione sin mayores contratiempos.
Consultada al respecto, Gloria Pérez, presidenta del Comité Hondureño para la
Defensa del Consumidor (CODECOH), denunció que en pláticas sostenidas con el
gobierno habían consensuado un listado
de más de 200 productos que quedarían libres del pago de este tributo, pero no
cumplieron, por tanto lo calificó como un “paquetazo en contra de las personas
más pobres del país”, y no descartó
protestas en los próximos días.
Elevan impuestos
El capítulo número VI, denominado
del Impuesto sobre Ventas, artículo número 16, se establece que el nuevo
porcentaje del ISV es de 15%.
“Reformar el artículo número 6 de
la Ley del Impuesto sobre Ventas (ISV), contenida en el decreto número 24 del
20 de diciembre de 1963 y sus reformas, en el sentido de modificar su tasa
general a 15 por ciento y a 18 por ciento, la tasa aplicada a las bebidas
alcohólicas, cervezas y cigarrillos, al igual que los boletos aéreos de clase
ejecutiva”, indica esta normativa.
El 20 de diciembre la cámara
legislativa determinó que se mantenía inalterable el 12% de ISV, pero se
“creaba una contribución especial del 3% sobre las ventas netas de bienes y
servicios realizadas por personas naturales o jurídicas en el mercado
nacional”.
Sin embargo, este nuevo gravamen
que sería destinado para nutrir programas de índole social desaparece de esta
ley publicada en La Gaceta.
Carburantes
En el capítulo número 2 de esta
normativa y en el artículo número 4 se establece el incremento de unos 25
centavos de dólar al denominado impuesto a la importación del petróleo y sus
derivados. Este monto en lempiras es de
5.19, pero se elevará en la medida que se deprecie el valor del lempira respecto
al dólar.
El artículo dice: “Reforma del aporte para la atención a programas
sociales de conservación del patrimonio vial, en la siguiente forma: gasolina
súper, 1.4089 dólares; gasolina regular, 1.2416; diésel, 0.8606; bunker C,
0.4267; kerosina, 0.15 de dólar por galón. En el caso de las gasolinas y el
diésel, se cargan con 25 centavos de dólar adicionales.
En el caso de la kerosina
utilizada para alimentar las estufas de mecha, se incrementa en 15 centavos de
dólar, o sea que se encarece en 3.11 lempiras.
al gas licuado se le impone un impuesto de 15 centavos de dólar para las
presentaciones del cilindro de 25 libras y para cilindros superiores a 25
libras. Y la gasolina de avión Avjet se grava con un impuesto de 3 centavos de
dólar por galón.
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