por Jesús Arnda, La Jornada
La primera sala de la Suprema Corte
de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó ayer la liberación inmediata de 12 integrantes del Frente de Pueblos en Defensa de la Tierra (FPDT) presos desde mayo de 2006, por considerar que la Procuraduría General de Justicia del Estado de México (PGJEM) fincó las acusaciones contra los detenidos a partir de premisas falsas y endebles, además de que utilizó pruebas ilícitas para imputarles el delito de secuestro equiparado.
En votación dividida (cuatro votos contra uno), los ministros concedieron el amparo en favor de Ignacio del Valle Medina Medina, Felipe Álvarez Hernández y Héctor Galindo Gochicoa, recluidos en el penal de máxima seguridad del Altiplano.
Sin embargo, José Ramón Cossío, quien se sumó a los votos de Juan N. Silva Meza, Arturo Zaldívar y Olga Sánchez Cordero, aclaró que él votaba en favor del amparo, pero se pronunciaba porque la sala cambiara la tipificación del delito de secuestro equiparado por el de privación ilegal de la libertad, que se dictara sentencia acusatoria y se tomaran en cuenta los cuatro años, un mes y 26 días que llevaban en prisión para que compurgaran su pena y quedaran libres.
LEER TODO:
http://www.kaosenlared.net/noticia/mexico-trasciende-hoy-liberaran-12-presos-politicos-atenco-tras-4-anos
La primera sala de la Suprema Corte
de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó ayer la liberación inmediata de 12 integrantes del Frente de Pueblos en Defensa de la Tierra (FPDT) presos desde mayo de 2006, por considerar que la Procuraduría General de Justicia del Estado de México (PGJEM) fincó las acusaciones contra los detenidos a partir de premisas falsas y endebles, además de que utilizó pruebas ilícitas para imputarles el delito de secuestro equiparado.
En votación dividida (cuatro votos contra uno), los ministros concedieron el amparo en favor de Ignacio del Valle Medina Medina, Felipe Álvarez Hernández y Héctor Galindo Gochicoa, recluidos en el penal de máxima seguridad del Altiplano.
Sin embargo, José Ramón Cossío, quien se sumó a los votos de Juan N. Silva Meza, Arturo Zaldívar y Olga Sánchez Cordero, aclaró que él votaba en favor del amparo, pero se pronunciaba porque la sala cambiara la tipificación del delito de secuestro equiparado por el de privación ilegal de la libertad, que se dictara sentencia acusatoria y se tomaran en cuenta los cuatro años, un mes y 26 días que llevaban en prisión para que compurgaran su pena y quedaran libres.
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