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Por ABI
El presidente Evo Morales promulgó el miércoles la Ley de Reversión de Derechos Mineros que prevé recuperar para el Estado boliviano, las concesiones mineras privadas que no tienen actividad ni inversión y, por lo tanto, son consideradas como improductivas.
El Jefe del Estado boliviano aseveró que con la promulgación de esa norma 'se sigue recuperando la patria' y se marca un nuevo hecho histórico en el país.
'Hemos promulgado esta ley aprobada en el Congreso Nacional, (para) recuperar esas concesiones mineras donde nunca han sido invertidas. Son concesiones de engorde que no podían recuperarse, concesiones inactivas e improductivas', señaló en un discurso posterior a la promulgación de la norma.
La ley establece como principal causa de reversión, la inactividad en áreas mineras que fueron otorgadas por Autorizaciones Transitorias Especiales o contratos mineros, previa verificación de la inexistencia de la implementación o del desarrollo de actividades mineras.
Morales recordó que en periodos neoliberales, el Estado boliviano renunciaba a toda reclamación diplomática al entregar concesiones mineras, cuyos beneficiarios podían transferir hereditariamente y hasta hipotecar el derecho adquirido sobre un determinado yacimiento.
'Era prácticamente regalar a la patria, entregar los recursos naturales, mediante llamadas concesiones, dueños eternamente, hasta hereditarias', dijo.
El Primer Mandatario detalló, fundado en datos de la Corporación Minera de Bolivia (Comibol), que en el país existen actualmente 7.000 concesiones mineras, de las que, 2.454 son privadas.
En ese marco, dijo que la Ley de Reversión de Derechos Mineros permitirá revertir a favor del Estado boliviano, alrededor del 70% de las concesiones mineras privadas que estén inactivas por falta de inversión.
'De todas vamos a recuperar el 70 por ciento de estas inversiones, volverán al pueblo boliviano, en hectáreas eran 1.466.887, vamos a recuperar más de 1 millón de hectáreas de concesiones que vuelven al Estado', resaltó Morales.
Según las disposiciones transitorias de la norma, la reversión no implica indemnización a los concesionarios.
Además, no se podrán revertir concesiones de áreas mineras registradas a nombre de la Comibol ni de cooperativas. Tampoco de operadores unipersonales que tengan registradas menos de 10 cuadrículas o menos de 250 pertenencias, informaron fuentes oficiales.
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