contrainjerencia.com |
Por Resumen Latinoamericano
La Corte de Constitucionalidad (CC) de Guatemala resolvió por mayoría hacer lugar a un planteo del ex dictador José Efraín Ríos Montt, para que no haya excepciones en el decreto de amnistía de 1986 que benefició a miembros de las Fuerzas Armadas y guerrilleros que actuaron en el conflicto interno.
Al hacer lugar al planteo de Ríos Montt, la Corte dejó abierta la chance de que se le aplique la amnistía al exdictador, condenado a 80 años en un juicio que luego fue anulado.
La CC le ordenó a la jueza de Mayor Riesgo A, Patricia Flores, que emita una nueva resolución y fundamente por qué acepta o rechaza el incidente de excepción de la extinción de la persecución penal, presentado por la defensa del militar.
En mayo del 2013, el Tribunal A de Mayor Riesgo condenó a Ríos Montt a 80 años de prisión por genocidio y delitos contra los deberes de la humanidad, pero el veredicto fue anulado por el máximo tribunal, por lo que el proceso se retrotrajo al 23 noviembre del 2011.
En el pleno de ayer participaron los cinco magistrados titulares y dos suplentes, de los cuales cinco votaron a favor de la petición del militar y dos emitieron su sufragio en disidencia.
De acuerdo con el análisis jurídico de la CC, corresponde la retroactividad de la ley, porque se beneficia al sindicado, tal y como lo establece el Código Penal.
En el fallo, consignado por sitios de diarios guatemaltecos, se establece que “se reconoce la validez jurídica de los decretos-leyes emanados del Gobierno de la República a partir del 23 de marzo de 1982, así como a todos los actos administrativos y de gobierno realizados de conformidad con la ley a partir de dicha fecha”.
Ríos Montt gobernó el país del 23 de marzo de 1982 al 8 de agosto de 1983, y en ese lapso hubo represión militar contra comunidades ixiles, donde se calcula que murieron 1771 personas.
Aunque los jueces de la CC no declaran abiertamente que se debe otorgar la amnistía, sí señalan que los hechos supuestamente atribuidos a Ríos Montt ya fueron amnistiados y, por lo tanto, es procedente la excepción planteada.
Para el tribunal, “se mantiene su posición de amnistiado” de Ríos Montt que, por eso, no debe ser juzgado por genocidio y delitos contra deberes de humanidad.
El nuevo juicio debe comenzar en abril del 2014, después de que la CC anulara la pena de 80 años de prisión en su contra.
En mayo del 2013, el Tribunal A de Mayor Riesgo condenó a Ríos Montt a 80 años de prisión por genocidio y delitos contra los deberes de la humanidad, pero el veredicto fue anulado por el máximo tribunal, por lo que el proceso se retrotrajo al 23 noviembre del 2011.
En el pleno de ayer participaron los cinco magistrados titulares y dos suplentes, de los cuales cinco votaron a favor de la petición del militar y dos emitieron su sufragio en disidencia.
De acuerdo con el análisis jurídico de la CC, corresponde la retroactividad de la ley, porque se beneficia al sindicado, tal y como lo establece el Código Penal.
En el fallo, consignado por sitios de diarios guatemaltecos, se establece que “se reconoce la validez jurídica de los decretos-leyes emanados del Gobierno de la República a partir del 23 de marzo de 1982, así como a todos los actos administrativos y de gobierno realizados de conformidad con la ley a partir de dicha fecha”.
Ríos Montt gobernó el país del 23 de marzo de 1982 al 8 de agosto de 1983, y en ese lapso hubo represión militar contra comunidades ixiles, donde se calcula que murieron 1771 personas.
Aunque los jueces de la CC no declaran abiertamente que se debe otorgar la amnistía, sí señalan que los hechos supuestamente atribuidos a Ríos Montt ya fueron amnistiados y, por lo tanto, es procedente la excepción planteada.
Para el tribunal, “se mantiene su posición de amnistiado” de Ríos Montt que, por eso, no debe ser juzgado por genocidio y delitos contra deberes de humanidad.
El nuevo juicio debe comenzar en abril del 2014, después de que la CC anulara la pena de 80 años de prisión en su contra.
No hay comentarios:
Publicar un comentario