Foto: Jesús Alfonso/Soy502 |
La
ley ha sido cuestionada por sectores ambientalistas y campesinos por
creer que beneficiará a las grandes empresas y afectará a los pequeños
agricultores.
Por Ximena Villagrán | Soy 502
El jueves 26 de junio se publicó en el Diario Oficial el Decreto 19-2014 y nadie le prestó atención. Semanas antes, el decreto también pasó inadvertido al ser aprobado en el Congreso. En ese momento, el 3 de junio, lo que generó polémica fue que los diputados aprobaran una ampliación presupuestaria de 550 millones de quetzales dentro de una "ley de vegetales" y el monto escandaloso opacó lo que estaba por venir.
El jueves 26 de junio se publicó en el Diario Oficial el Decreto 19-2014 y nadie le prestó atención. Semanas antes, el decreto también pasó inadvertido al ser aprobado en el Congreso. En ese momento, el 3 de junio, lo que generó polémica fue que los diputados aprobaran una ampliación presupuestaria de 550 millones de quetzales dentro de una "ley de vegetales" y el monto escandaloso opacó lo que estaba por venir.
Fue hasta después de 7 de agosto cuando, en las redes sociales, empezó a circular un texto llamado "La Ley Monsanto se impuso en Guatemala" . El debate apareció y el decreto llamado "Ley para la protección de obtenciones vegetales" se convirtió en la "Ley Monsanto" que ha generado debate entre diversos sectores.
Soy502 consultó a diputados, instituciones gubernamentales, expertos ambientalistas, abogados y varios documentos, para explicar lo que es necesario saber en torno a esta ley, y lo resumimos en ocho puntos:
1. ¿Por qué han llamado "Ley Monsanto" a la "Ley para la protección de obtenciones vegetales"?
Monsanto es la empresa que controla el 80% del negocio de las semillas genéticamente modificadas a nivel mundial. La ley para la protección de obtenciones vegetales está relacionada con el control de las patentes de semillas mejoradas. La primera publicación sobre el tema asegura que esta ley garantiza la exclusividad de los derechos de la creación de semillas y por lo tanto se asume que el decreteo beneficiará a Monsanto.
2. ¿Qué es la "Ley para la protección de obtenciones vegetales"?
La ley para la protección de obtenciones vegetales no fue propuesta por este gobierno. Nace como iniciativa de ley en el 2006, presentada por el ex diputado Mariano Rayo, luego de que Guatemala adquiriera el compromiso de adherirse a la Unión Internacional para la Protección de Obtenciones Vegetales (UPOV). Este compromiso se hizo como parte de las negociaciones del Tratado de Libre Comercio entre Estados Unidos, Centro América y República Dominicana (DR-CAFTA) en el 2005. El objetivo principal es otorgar el derecho de propiedad intelectual de la creación de nuevas semillas a aquellos que logren obtenerlas.
3. ¿Qué es la UPOV?
La Unión Internacional para la Protección de Obtenciones Vegetales fue creada en 1961 y tiene su sede en Suiza. Su objetivo inicial es el desarrollo de nuevas variedades vegetales garantizando un sistema para la protección de las mismas. Actualmente 72 países forman parte de la UPOV y 24 países (incluido Guatemala) están en el proceso de adhesión.
4. ¿La ley está relacionada con el ingreso de semillas transgénicas a Guatemala?
La ley no garantiza el ingreso de semillas transgénicas al país pero tampoco lo impide, como hasta el momento ninguna ley impide su uso o venta. Sí podría ocurrir que alguna de las grandes transnacionales creadoras de semillas como Dupont, Syngenta, Bayer o incluso Monsanto creen nuevas variedades de semilla a partir de semillas locales (nativas) y las patenten como propias.
5. ¿Por qué el Estado guatemalteco se comprometió a la aprobación de esta ley?
Según la abogada Rosemarie Luna, quien participó en la negociaciones de propiedad intelectual durante el DR-CAFTA, Guatemala no podía negarse a aceptar el compromiso de unirse a la UPOV. Esto formaba parte de un paquete de acuerdos que se negociaron en conjunto. La iniciativa de ley no formaba parte de los planes del actual gobierno y fue propuesta y autorizada por el Ministerio de Agricultura en el período del presidente Óscar Berger.
6. ¿Qué implicaciones tiene para el pequeño agricultor esta ley?
Las organizaciones campesinas han mostrado preocupación por el artículo 50 de la ley que asegura que cualquier persona que emplee las variedades vegetales registradas con fines comerciales podría ser penado con 4 años de prisión o multas hasta de 10 mil quetzales. Dichos activistas aseguran que esto podría poner en peligro la seguridad alimentaria del país. El Ministerio de Agricultura todavía no tiene una postura sobre la ley y no ha iniciado la creación del reglamento que informará sobre las primeras 15 especies que podrían ser patentadas, por lo que se desconocen los efectos reales de la misma.
7. ¿Están en riesgo las semillas de maíz?
Desde hace un año el maíz es Patrimonio Cultural de la Nación y por lo tanto todas sus variedades, tipos autóctonos, propios, distintivos, originarios o peculiares de Guatemala están protegidas. Al igual que con el maíz, se cree que el Estado de Guatemala podría proteger aquellos cultivos de "interés nacional" si los declara patrimonio cultural.
8. ¿Se puede asegurar que las grandes empresas especializadas en semillas serán beneficiadas por esta ley?
Hasta el momento, sin reglamento ni certezas sobre las implicaciones de la ley, mucho de lo que se asegura sobre el controversial decreto son especulaciones. Como escribe Juan Pedro Steibel en un ensayo en Plaza Pública "el Decreto 19-2014 de protección de obtenciones vegetales en Guatemala no parece haber sido sancionado pensando en las necesidades del sector agroalimentario del país."
(Documentos consultados: Comentarios a Adhesión de Guatemala a UPOV por Juanita Chaves Posada, Comunicado de la Alianza Nacional para la Protección de la Biodiversidad, Anotaciones sobre la ley para la protección de obtenciones vegetales del Instituto de Derecho Ambiental y Desarollo Sustentable, Análisis de consecuencias del Decreto 19-2014 de Isabel Lapeña (abogada consultora de Bioversity International), Explicación de la UPOV, Examen de la conformidad de la UPOV sobre la adhesión de Guatemala)
(Fuentes consultadas: Sebastián Marcucci (viceministro de Agricultura), Rosemarie Luna (Abogada especializada en Registro de Propiedad Intelectual que negoció el ingreso de Guatemala al DR-CAFTA), Carlos Barreda (Diputado de la Unidad Nacional de la Esperanza), Felipe Alejos (Diputado del Partido Todos), FUNDAECO, ASOREMA)
Soy502 consultó a diputados, instituciones gubernamentales, expertos ambientalistas, abogados y varios documentos, para explicar lo que es necesario saber en torno a esta ley, y lo resumimos en ocho puntos:
1. ¿Por qué han llamado "Ley Monsanto" a la "Ley para la protección de obtenciones vegetales"?
Monsanto es la empresa que controla el 80% del negocio de las semillas genéticamente modificadas a nivel mundial. La ley para la protección de obtenciones vegetales está relacionada con el control de las patentes de semillas mejoradas. La primera publicación sobre el tema asegura que esta ley garantiza la exclusividad de los derechos de la creación de semillas y por lo tanto se asume que el decreteo beneficiará a Monsanto.
2. ¿Qué es la "Ley para la protección de obtenciones vegetales"?
La ley para la protección de obtenciones vegetales no fue propuesta por este gobierno. Nace como iniciativa de ley en el 2006, presentada por el ex diputado Mariano Rayo, luego de que Guatemala adquiriera el compromiso de adherirse a la Unión Internacional para la Protección de Obtenciones Vegetales (UPOV). Este compromiso se hizo como parte de las negociaciones del Tratado de Libre Comercio entre Estados Unidos, Centro América y República Dominicana (DR-CAFTA) en el 2005. El objetivo principal es otorgar el derecho de propiedad intelectual de la creación de nuevas semillas a aquellos que logren obtenerlas.
3. ¿Qué es la UPOV?
La Unión Internacional para la Protección de Obtenciones Vegetales fue creada en 1961 y tiene su sede en Suiza. Su objetivo inicial es el desarrollo de nuevas variedades vegetales garantizando un sistema para la protección de las mismas. Actualmente 72 países forman parte de la UPOV y 24 países (incluido Guatemala) están en el proceso de adhesión.
4. ¿La ley está relacionada con el ingreso de semillas transgénicas a Guatemala?
La ley no garantiza el ingreso de semillas transgénicas al país pero tampoco lo impide, como hasta el momento ninguna ley impide su uso o venta. Sí podría ocurrir que alguna de las grandes transnacionales creadoras de semillas como Dupont, Syngenta, Bayer o incluso Monsanto creen nuevas variedades de semilla a partir de semillas locales (nativas) y las patenten como propias.
5. ¿Por qué el Estado guatemalteco se comprometió a la aprobación de esta ley?
Según la abogada Rosemarie Luna, quien participó en la negociaciones de propiedad intelectual durante el DR-CAFTA, Guatemala no podía negarse a aceptar el compromiso de unirse a la UPOV. Esto formaba parte de un paquete de acuerdos que se negociaron en conjunto. La iniciativa de ley no formaba parte de los planes del actual gobierno y fue propuesta y autorizada por el Ministerio de Agricultura en el período del presidente Óscar Berger.
6. ¿Qué implicaciones tiene para el pequeño agricultor esta ley?
Las organizaciones campesinas han mostrado preocupación por el artículo 50 de la ley que asegura que cualquier persona que emplee las variedades vegetales registradas con fines comerciales podría ser penado con 4 años de prisión o multas hasta de 10 mil quetzales. Dichos activistas aseguran que esto podría poner en peligro la seguridad alimentaria del país. El Ministerio de Agricultura todavía no tiene una postura sobre la ley y no ha iniciado la creación del reglamento que informará sobre las primeras 15 especies que podrían ser patentadas, por lo que se desconocen los efectos reales de la misma.
7. ¿Están en riesgo las semillas de maíz?
Desde hace un año el maíz es Patrimonio Cultural de la Nación y por lo tanto todas sus variedades, tipos autóctonos, propios, distintivos, originarios o peculiares de Guatemala están protegidas. Al igual que con el maíz, se cree que el Estado de Guatemala podría proteger aquellos cultivos de "interés nacional" si los declara patrimonio cultural.
8. ¿Se puede asegurar que las grandes empresas especializadas en semillas serán beneficiadas por esta ley?
Hasta el momento, sin reglamento ni certezas sobre las implicaciones de la ley, mucho de lo que se asegura sobre el controversial decreto son especulaciones. Como escribe Juan Pedro Steibel en un ensayo en Plaza Pública "el Decreto 19-2014 de protección de obtenciones vegetales en Guatemala no parece haber sido sancionado pensando en las necesidades del sector agroalimentario del país."
(Documentos consultados: Comentarios a Adhesión de Guatemala a UPOV por Juanita Chaves Posada, Comunicado de la Alianza Nacional para la Protección de la Biodiversidad, Anotaciones sobre la ley para la protección de obtenciones vegetales del Instituto de Derecho Ambiental y Desarollo Sustentable, Análisis de consecuencias del Decreto 19-2014 de Isabel Lapeña (abogada consultora de Bioversity International), Explicación de la UPOV, Examen de la conformidad de la UPOV sobre la adhesión de Guatemala)
(Fuentes consultadas: Sebastián Marcucci (viceministro de Agricultura), Rosemarie Luna (Abogada especializada en Registro de Propiedad Intelectual que negoció el ingreso de Guatemala al DR-CAFTA), Carlos Barreda (Diputado de la Unidad Nacional de la Esperanza), Felipe Alejos (Diputado del Partido Todos), FUNDAECO, ASOREMA)
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