Álvaro Ramis - ALAI
Cuando José Miguel Insulza fue electo como secretario general de la OEA en mayo de 2005 se destacó que era la primera vez que alguien accedía a ese cargo sin la venia de los Estados Unidos. Esta percepción debería relativizarse, puesto que Washington deseaba aparecer más alejado de ese organismo.
La elección de un hombre como Insulza representaba una buena oportunidad para reformar a la OEA en sus aspectos políticos y administrativos y a la vez demostrar que Estados Unidos no gobernaba a América Latina.
Cuando José Miguel Insulza fue electo como secretario general de la OEA en mayo de 2005 se destacó que era la primera vez que alguien accedía a ese cargo sin la venia de los Estados Unidos. Esta percepción debería relativizarse, puesto que Washington deseaba aparecer más alejado de ese organismo.
La elección de un hombre como Insulza representaba una buena oportunidad para reformar a la OEA en sus aspectos políticos y administrativos y a la vez demostrar que Estados Unidos no gobernaba a América Latina.
Luego de un tormentoso proceso de elección, que incluyó múltiples tensiones y vueltas cruzadas en la votación, Insulza asumió en 25 de mayo de 2005 como secretario general de la OEA con el compromiso de "fortalecer la relevancia de la Organización e incrementar su capacidad de acción". Tras estas palabras se reflejaba la verdadera promesa que asumió Insulza ante los norteamericanos y que facilitó que el canciller mexicano Luís Ernesto Derbez finalmente retirara su candidatura.
Recordemos que ese hecho aconteció en abril de 2005 en Santiago de Chile, en el marco de la III Conferencia Ministerial de la “Comunidad de Democracias”[1], y tras una intervención directa de Condoleezza Rice.
Derbez e Insulza, habían empatado a 17 votos, lo que condenaba a la OEA a una parálisis política sin visos de solución. La movida chilena consistió en ofrecer a Rice un compromiso fundamental para sus intereses: impulsar una modificación a la Carta Democrática firmada en Lima el 11 de septiembre del 2001.
Esta reforma contemplaría tres aspectos:
Recordemos que ese hecho aconteció en abril de 2005 en Santiago de Chile, en el marco de la III Conferencia Ministerial de la “Comunidad de Democracias”[1], y tras una intervención directa de Condoleezza Rice.
Derbez e Insulza, habían empatado a 17 votos, lo que condenaba a la OEA a una parálisis política sin visos de solución. La movida chilena consistió en ofrecer a Rice un compromiso fundamental para sus intereses: impulsar una modificación a la Carta Democrática firmada en Lima el 11 de septiembre del 2001.
Esta reforma contemplaría tres aspectos:
1. Dotar al secretario general de la OEA de facultades para elaborar un “Informe anual sobre el estado de la democracia” en la región. Se trataría de un reporte que se redactaría desde “diversas fuentes”, no sólo de la opinión de los gobiernos y buscaría “prevenir alteraciones al orden democrático”.
2. Se dotaría a la OEA de mecanismos para intervenir en un país frente a “amenazas a la democracia originadas en los propios gobiernos”. De acuerdo al análisis de los Estados Unidos la actual Carta Democrática establece sanciones cuando los ataques a la institucionalidad democrática provienen desde fuera de los gobiernos, como ocurre, con los golpes militares contra los poderes civiles. Sin embrago no lo hace en casos en que los gobiernos mismos supriman la libertad de prensa, ataquen a los partidos opositores, no respeten la independencia de los demás poderes públicos o violen la Constitución que juraron respetar al asumir el poder.
Hoy la OEA no puede intervenir en un país si el gobierno legítimo no le autoriza. Con esta reforma esta intervención sería posible.
Hoy la OEA no puede intervenir en un país si el gobierno legítimo no le autoriza. Con esta reforma esta intervención sería posible.
3. En tercer lugar, una vez que la OEA haya documentado una vulneración interna al orden democrático por acción directa del propio gobierno se podría declarar que un gobernante legítimo en su origen ha devenido en ilegítimo en su ejercicio del poder.
De acuerdo con esta sentencia la Asamblea general de la OEA estaría facultada para expulsarle o suspenderle de la organización, con el voto afirmativo de los dos tercios de los estados miembros.
De acuerdo con esta sentencia la Asamblea general de la OEA estaría facultada para expulsarle o suspenderle de la organización, con el voto afirmativo de los dos tercios de los estados miembros.
Esta reforma no aparece desde la nada. Es un instrumento de ataque directo a los gobiernos progresistas y de izquierda a los que se ha acusado justamente de estos cargos:
- Limitar la libertad de prensa por establecer normas de responsabilidad social a los medios de comunicación corporativos, y en determinadas ocasiones aplicar sanciones a concesionarios de frecuencias televisivas que han vulnerado sus compromisos.
- Atacar a los partidos opositores cuando han debido aplicar la ley ante intentos golpistas o sediciosos.
- Violar la independencia de los demás poderes públicos cuando han logrado superar deliberados intentos de obstruccionismo judicial y parlamentario a decisiones legítimas de sus administraciones.
- Y finalmente violar las constituciones por haber iniciado procesos constituyentes que han culminado en nuevas cartas fundamentales, mucho más democráticas y en la perspectiva de garantizar un Estado Social de Derecho en sus países.
La amenaza contenida en esta reforma no sólo recaería en los gobiernos del ALBA. En realidad es una intimidación a todos los países que traten de iniciar procesos de reforma constitucional o elaboración de nuevas constituciones, que se consideren amenazantes para de derecha del continente.
Por ejemplo, el intento de reforma constitucional que encabezó Zelaya antes de ser derrocado podría haber sido objeto de sanciones bajo esta nueva formulación de la carta democrática de la OEA.
Por ejemplo, el intento de reforma constitucional que encabezó Zelaya antes de ser derrocado podría haber sido objeto de sanciones bajo esta nueva formulación de la carta democrática de la OEA.
Se trata de un mecanismo que operaría desde el derecho internacional que buscaría fijar un modelo minimalista de democracia, bajo criterios exclusivamente representativos y que resguarde la hegemonía del derecho a propiedad por sobre los derechos sociales económicos y culturales de la ciudadanía.
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http://alainet.org/active/36144
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